Ayuntamiento de Monóvar

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Alicante ha anulado el pleno municipal celebrado el 4 de octubre de 2024 en el Ayuntamiento de Monóvar. La sentencia declara nulos tanto la convocatoria como los acuerdos adoptados en esa sesión, al considerar que se vulneró el derecho fundamental a la participación política de los concejales del Partido Popular, quienes recurrieron el asunto ante la justicia.

Según la resolución judicial, el gobierno municipal convocó ese 4 de octubre un pleno extraordinario a las 9:30h en el que se produjo un empate en la votación sobre una modificación de la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos, al no hacer uso el alcalde, Loren Amat, de su voto de calidad. Posteriormente, a las 11:49h, el alcalde envió una nueva convocatoria telemática para un pleno extraordinario y urgente a celebrarse a las 12:00h, es decir, con solo 10 minutos de margen. Sin embargo, los concejales recibieron la notificación media hora después de que la sesión ya se hubiera celebrado.

La juez ha sido contundente en su argumentación, señalando que no existía justificación para tanta premura, ya que “la ordenanza que debía ser votada no estaba previsto que entrase en vigor hasta el nuevo ejercicio 2025, lo que permitía haber convocado de nuevo el Pleno – para subsanar cualquier irregularidad – a lo largo de los meses de octubre, noviembre o diciembre de 2024.” Además, concluye que era «materialmente imposible» que los concejales pudieran asistir en tan poco tiempo, lo que vulneró su derecho fundamental a la participación política.

Tal y como recoge la sentencia, los recurrentes «tenían intención y voluntad de acudir al pleno, de modo que en el caso de que se les hubiera convocado con la debida antelación, habrían asistido al mismo en el ejercicio de su derecho de representación.» Por ello, el fallo concluye que «ha existido lesión del derecho fundamental contenido en el artículo 23 de la Constitución Española.»

Concejales del Partido Popular de Monovar
Concejales del PP de Monóvar presentan un escrito solicitando la nulidad del pleno extraordinario del 4 de octubre.

Valoración del Partido Popular

Desde el Partido Popular han valorado positivamente la sentencia. Su portavoz en Monóvar, Guillermo Rico, ha señalado que el fallo «no solo da la razón al Partido Popular, sino que pone en evidencia la gestión del gobierno local en este procedimiento.»

«Por desgracia, hemos tenido que acudir a los tribunales para frenar un procedimiento que consideramos contrario a la legalidad, porque incluso le dimos la oportunidad de rectificar y no quisieron», ha añadido.

La sentencia declara la nulidad de la convocatoria del pleno del 4 de octubre, así como del acuerdo adoptado en él sobre la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa de residuos sólidos urbanos.

El Partido Popular responsabiliza al gobierno municipal de las posibles consecuencias económicas derivadas de esta situación, ya que, pese a contar con mayoría absoluta, «no han tomado medidas en cuanto a los residuos en años anteriores y ahora, además, no han querido rectificar las irregularidades en la aprobación de la tasa.»

Este fallo supone un revés para el gobierno municipal del PSOE, que pretendía aprobar en ese pleno una subida del 80% en la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos para todos los hogares de la ciudad.

Desde el PP afirman que la sentencia «nos ha permitido frenar el tasazo que iba a perjudicar gravemente a los bolsillos de los vecinos de Monóvar». Como resultado, la subida no podrá entrar en vigor en 2025 como estaba previsto, quedando en suspenso hasta que se celebre un nuevo pleno que respete todos los requisitos legales, lo que en todo caso retrasaría su aplicación hasta 2026.